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Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de Real (Valencia)

1 Plaza, Acceso libre, Subgrupo C2, Concurso Oposición, 07-07-2026
Apertura de plazo de presentación de solicitudes

 


 

Anuncio y convocatoria

El Ayuntamiento de Real aprueba las bases y la convocatoria para cubrir una plaza de Auxiliar de Biblioteca, mediante el sistema de concurso-oposición. La plaza se cubrirá como personal funcionario de carrera y el plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Los sucesivos anuncios del proceso se publicarán conforme a lo previsto en las bases, especialmente en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica municipal y, en su caso, en el tablón de anuncios.

Objeto de la convocatoria

La convocatoria tiene por objeto cubrir en propiedad una plaza de Auxiliar de Biblioteca, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Real.

La plaza está incluida en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio 2026. Pertenece a la escala de Administración Especial, subescala técnica, grupo C, subgrupo C2.

Normativa aplicable

El proceso selectivo se rige por las bases de la convocatoria y por la normativa estatal, autonómica y local aplicable en materia de régimen local, empleo público, función pública valenciana, procedimiento administrativo común y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

También se aplica la legislación autonómica valenciana en materia de función pública y régimen local.

Principio de igualdad de trato

La convocatoria garantiza el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público.

El proceso debe desarrollarse conforme a la Constitución Española, la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la normativa valenciana en materia de igualdad.

Principio de transparencia, descripción de la plaza y funciones

La plaza convocada tiene naturaleza funcionarial y se encuadra dentro de la escala de Administración Especial, subescala de servicios especiales, clase cometidos especiales, grupo C, subgrupo C2.

La jornada podrá distribuirse en turno de mañana y tarde, de lunes a sábado. El horario previsto incluye franjas de mañana y tarde entre lunes y viernes, y horario de mañana los sábados.

Las funciones principales se relacionan con la atención al público, la gestión y ordenación de fondos, el uso de herramientas administrativas y técnicas, la dinamización cultural y la organización de espacios bibliotecarios.

Entre las tareas destacan la información y orientación a usuarios, la atención presencial, telefónica y ocasionalmente en línea, la gestión de carnés, el préstamo, devolución y renovación de materiales, la reserva y control de documentos, la colocación de libros y otros materiales, el control del estado físico de los fondos, la catalogación y clasificación básica, el sellado y tejuelado, el inventario y recuento de fondos.

También se incluyen tareas de registro y actualización de bases de datos, archivo y tratamiento documental, colaboración en cuentacuentos, clubes de lectura y talleres, preparación de salas y materiales, atención a visitas escolares o grupos, mantenimiento del orden en salas, control de equipos informáticos y audiovisuales, vigilancia del cumplimiento de normas, aplicación del reglamento de la biblioteca, control de sanciones por retrasos o uso indebido de materiales y atención a reclamaciones sencillas.

Publicidad, publicación de la convocatoria y seguimiento del proceso selectivo

Las bases se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. También se publica un extracto en el Boletín Oficial del Estado para abrir el plazo de presentación de solicitudes.

El resto de resoluciones del proceso se publicarán en la página web de la sede electrónica del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios. Estas publicaciones servirán como notificación a las personas interesadas.

Requisitos de las personas candidatas

Las personas aspirantes deberán cumplir los requisitos exigidos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión.

Se exige tener nacionalidad española o cumplir las condiciones legales para el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados; poseer la capacidad funcional necesaria; tener 16 años cumplidos y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa; no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de una Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

También se exige estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica o equivalente. En caso de titulaciones extranjeras, deberá aportarse la correspondiente homologación o equivalencia.

Además, no se podrá haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, incluyendo agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo, provocación sexual, prostitución, explotación sexual, corrupción de menores o trata de seres humanos. Esta circunstancia deberá acreditarse mediante certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Solicitudes, forma y procedimiento de presentación

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento administrativo común.

Cuando se presenten en oficinas de Correos, deberán ajustarse al procedimiento establecido para estos casos. La persona aspirante deberá comunicarlo al Ayuntamiento mediante fax o correo electrónico, indicando de forma clara el nombre y la fecha de presentación.

La solicitud incluirá declaración responsable sobre la autenticidad de la documentación presentada y sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos. Los documentos aportados podrán ser comprobados posteriormente.

El plazo de presentación será de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial del Estado.

Los derechos de examen ascienden a 24 euros, conforme a la ordenanza fiscal reguladora de la tasa. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta municipal indicada en las bases.

Junto con la instancia deberá aportarse justificante del ingreso de los derechos de examen, DNI o documento identificativo y la titulación exigida.

Admisión de aspirantes

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas. Se indicarán, en su caso, las causas de exclusión y se concederá un plazo de 10 días hábiles para subsanar defectos.

Serán subsanables los errores de hecho relativos a datos personales, lugar de notificación, fecha, firma u órgano al que se dirige la solicitud.

No serán subsanables los defectos que afecten al contenido esencial de la solicitud, al plazo de caducidad o a la carencia de actuaciones esenciales. En particular, no será subsanable no acreditar los requisitos de capacidad exigidos, presentar la solicitud fuera de plazo o no pagar los derechos de examen dentro del plazo correspondiente.

Finalizado el plazo de subsanación, se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. En esa resolución se indicará también la fecha, lugar y hora de realización de la primera prueba de la fase de oposición.

Sistema de selección

El sistema de selección será el de concurso-oposición, con turno libre.

La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 70 puntos y la fase de concurso una puntuación máxima de 30 puntos. La puntuación definitiva resultará de sumar ambas fases, siempre que se hayan superado las pruebas eliminatorias de la oposición.

Fase de oposición

La fase de oposición consta de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios.

El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de 30 preguntas, con tres respuestas alternativas, sobre el contenido del temario general de las bases. La duración máxima será de 60 minutos. Cada respuesta correcta valdrá 1 punto, cada error restará 0,33 puntos y las preguntas no contestadas no puntuarán. La puntuación máxima será de 30 puntos y será necesario obtener al menos 15 puntos para superar la prueba.

El segundo ejercicio consistirá en resolver uno o varios supuestos teórico-prácticos vinculados con las funciones propias de la plaza. La duración máxima será de 60 minutos. La puntuación máxima será de 40 puntos y será necesario obtener al menos 20 puntos para superarlo.

La puntuación total máxima de la fase de oposición será de 70 puntos.

Fase de concurso

Solo podrán participar en la fase de concurso las personas aspirantes que hayan superado los ejercicios eliminatorios de la fase de oposición.

Los méritos deberán haberse obtenido antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y deberán estar debidamente acreditados. La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos.

En formación se podrán obtener hasta 6 puntos por cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el temario e impartidos u homologados por entidades públicas, universidades, administraciones públicas, servicios valencianos de empleo y formación, servicios públicos de empleo estatal, sindicatos o empresas formadoras. No se valorarán cursos de menos de 15 horas ni aquellos en los que no conste el número de horas. La valoración se realiza según la duración: de 10 a 20 horas, 1 punto; de 21 a 50 horas, 2 puntos; de 51 a 80 horas, 3 puntos; de 81 a 150 horas, 4 puntos; de 151 a 250 horas, 5 puntos; y más de 250 horas, 6 puntos.

En titulación superior a la exigida se podrán obtener hasta 4 puntos. Se valorará una sola titulación y solo la de mayor puntuación. El graduado universitario puntúa con 4 puntos; el título de Bachiller, Técnico o Grado Superior, con 3 puntos; y el título de Grado Medio, con 2 puntos.

En experiencia se podrán obtener hasta 20 puntos. Se valorará la experiencia como auxiliar de biblioteca perteneciente al grupo de titulación C2, como funcionario o personal laboral, a razón de 1 punto por mes. También se valorará la experiencia en Administración Pública como funcionario o personal laboral en puestos de catálogo de titulaciones C1, B, A1 y A2 o como personal técnico bibliotecario de nivel superior o facultativo, así como personal del nivel medio o ayudante de bibliotecas, con 0,5 puntos por mes.

La experiencia deberá acreditarse mediante certificación expedida por el secretario o secretaria del ayuntamiento correspondiente. El tiempo de servicio se computará por periodos de un mes efectivo completo y no por fracciones.

En caso de empate en la fase de concurso, se atenderá primero a la normativa sobre igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público. Si persiste el empate, se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el cuerpo o escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo. En todo caso, los empates se resolverán a favor de personas con diversidad funcional. Si aun así persiste el empate, se elegirá a quien tenga acreditado mayor porcentaje de discapacidad.

Calificación definitiva

La calificación final será la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.

En caso de empate en la puntuación final, se valorará en primer lugar la puntuación obtenida en la fase de oposición. Si se mantiene el empate, se aplicará el orden de desempate previsto en la base correspondiente.

Tribunal calificador

El tribunal de selección valorará los méritos aportados por las personas participantes y, una vez concluido el proceso, levantará acta provisional que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web.

Se concederá un plazo de 10 días hábiles para alegaciones. Resueltas las alegaciones, se publicará el acta definitiva con la relación de aspirantes por orden de puntuación.

El tribunal resolverá las cuestiones que surjan durante el proceso selectivo, velará por su buen desarrollo, calificará las pruebas y aplicará el baremo de méritos. También podrá actuar en los casos no previstos expresamente en las bases, conforme a la normativa aplicable.

Constitución de bolsa de trabajo

Finalizado el proceso selectivo y una vez formalizado el nombramiento de la persona seleccionada, se publicará el listado definitivo de personas que formarán parte de la bolsa de trabajo para cubrir necesidades temporales del Ayuntamiento de Real.

La bolsa se ordenará por la suma de la fase de oposición y concurso, siempre que se hayan superado al menos todos los ejercicios eliminatorios. Tendrán preferencia quienes hayan superado todas las pruebas.

La bolsa podrá utilizarse mediante llamamiento por teléfono o correo electrónico con acuse de recepción. Si no fuera posible contactar con una persona candidata en un plazo mínimo de tres minutos entre cada llamada y un máximo de 10 minutos, se llamará a la siguiente persona de la lista, dejando constancia mediante informe del secretario de la Corporación.

La persona llamada deberá aceptar o rechazar el puesto en 24 horas. Si acepta, deberá incorporarse en un máximo de 24 horas, salvo circunstancias excepcionales o fuerza mayor.

Las personas que integren la bolsa y finalicen su nombramiento volverán a formar parte de la bolsa en el mismo puesto que ocupaban.

Protección de datos

El proceso se rige por el principio de publicidad. La participación implica la autorización para el tratamiento de los datos personales necesarios, así como para su publicación en tablones, página web u otros medios de difusión, en relación con listas de admitidos, excluidos, resultados parciales y definitivos y demás información del proceso.

La presentación de la solicitud implica el consentimiento para el tratamiento y publicación de los datos en las condiciones previstas.

Las personas solicitantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación mediante escrito dirigido al Ayuntamiento, acompañado de copia del documento de identidad y concretando la petición.

Recursos

Contra las bases puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que las aprobó, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.

También puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación. Si se presenta recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se entienda desestimado por silencio.

Nombramiento

La Alcaldía procederá al nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera de la persona propuesta que haya superado el proceso selectivo.

Además, se constituirá una bolsa de empleo para posibles sustituciones temporales.

Incidencias

El tribunal queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de la oposición en todo lo no previsto expresamente en las bases.

Temario

  1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características, estructura y reforma. Los principios constitucionales, los derechos fundamentales y las libertades públicas: regulación, protección y restricciones. Organización territorial del Estado. Comunidades Autónomas: Constitución y competencias.
  2. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título Preliminar. Título I. Título II. Título IV. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad de mujeres y hombres. Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Real.
  3. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. El municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población municipal. El padrón de habitantes. La organización municipal. El personal al servicio de las entidades locales.
  4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título Preliminar. Disposiciones Generales. Título I, de los interesados en el procedimiento. Título II, de la actividad de las Administraciones Públicas. Título III, de los actos administrativos. Título IV, de las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Título V, de la revisión de los actos en vía administrativa.
  5. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Título Preliminar, Capítulo I, disposiciones generales. Capítulo II, de los órganos de las Administraciones Públicas. Capítulo V, funcionamiento electrónico del sector público.
  6. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna.
  7. Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana. Título I, objeto, principios y ámbito de aplicación de la ley. Título III, personal al servicio de las administraciones públicas. Título IV, capítulo II, ordenación de los puestos de trabajo. Título V, nacimiento y extinción de la relación de servicios. Título VI, derechos, deberes e incompatibilidades de las personas empleadas públicas, salvo el capítulo III y la sección segunda del capítulo IV. Título IX, situaciones administrativas.
  8. Legislación estatal y valenciana referida a lectura, libro y bibliotecas. Legislación estatal valenciana en materia de archivos y bibliotecas. Cooperación bibliotecaria. Normativa estatal y valenciana sobre patrimonio bibliográfico y documental. Organizaciones nacionales e internacionales en el ámbito de las bibliotecas públicas: UNESCO, IFLA, FEMP, FESABID, EBLIDA, FLA, FID, IBBy y CCB.
  9. Normativa estatal y valenciana en materia de transparencia. Derecho de la ciudadanía a la información pública. Propiedad intelectual y derechos de autor. Reproducción y préstamo de obras en bibliotecas. Acceso abierto.
  10. Sistema bibliotecario español. Sistema bibliotecario valenciano. Red de Bibliotecas Públicas de la Comunitat Valenciana. Red de Lectura Pública Valenciana. Red de Bibliotecas Especializadas y Centros de Documentación. Tipos de bibliotecas, funciones y servicios. Bibliotecas nacionales y regionales, públicas, escolares, universitarias, especializadas y hemerotecas.
  11. Sistema Español de Archivos. Sistema Archivístico Valenciano. Archivos y subsistemas de archivos que forman parte del Sistema Archivístico Valenciano. Gestión documental. Organización y funcionamiento de los archivos de la Generalitat. Sistema de información y gestión integral de los archivos del Sistema Archivístico Valenciano: SAVEX, sistema archivístico valenciano en xarxa. PAC del SAVEX. Portal de Archivos Españoles PARES. Portal Europeo de Archivos APEx.
  12. Normas y directrices sobre planificación y construcción de archivos y bibliotecas: arquitectura, equipamiento y gestión de espacios. Medidas medioambientales, de seguridad y prevención. Principios de actuación en caso de emergencia o desastre en archivos y bibliotecas.
  13. Definición, funciones y objetivos de la biblioteca pública según la UNESCO y la IFLA. Desarrollo de colecciones: selección, adquisición, evaluación y expurgo. Preservación, conservación y restauración. Depósito legal. Depósito legal de publicaciones en línea. Mantenimiento físico de la colección.
  14. Gestión de la colección: selección y adquisición, sellado, registro, ordenación de fondos, tejuelado, revisión y expurgo, conservación de la colección.
  15. Sistemas integrados de gestión bibliotecaria: principales módulos y características. Absysnet. OPAC. Herramientas de descubrimiento. Plataformas de servicios bibliotecarios.
  16. Servicios bibliotecarios presenciales y virtuales. Alfabetización informacional. Actividades culturales en bibliotecas. Animación a la lectura. Información bibliográfica. Sección de referencia. Orientación al lector. Préstamo individual, colectivo e interbibliotecario. Servicios de extensión bibliotecaria y cultural.
  17. Normalización en la identificación bibliográfica: ISBN, ISSN, ISMN, NIPO y otros números internacionales. Identificadores persistentes: DOI, URI, Handle.
  18. Catalogación: principios y reglas. FRBR. ISBD. Reglas de catalogación españolas. RDA. Control de autoridades. FRAD, FRSAD. Principales catálogos de autoridades en línea. Sistemas de clasificación bibliotecaria. CDU. Formato MARC21 de registros bibliográficos, de autoridad y de fondos. Catálogos de acceso público en línea. Herramientas de descubrimiento. Catálogos colectivos.
  19. Digitalización y preservación digital. Procedimientos y estándares. Modelos de metadatos. Protocolos y lenguajes de búsqueda e intercambio de información: Z39.50, SRU/SRW, OpenURL, OAI-PMH. Metabuscadores y gestores de enlaces. Recolectores OAI-PMH.
  20. Concepto, definición y objetivo de la archivística. Concepto de información archivística. Principios de la archivística. Principales ciencias y técnicas auxiliares de la archivística. Concepto y definición de archivo. Funciones, etapas y tipos. Concepto y definición de documento. Caracteres, tipología y valores del documento. El documento electrónico: concepto, características y tratamiento archivístico.
  21. Organización y tratamiento de los fondos del archivo. Identificación de series y funciones. Clasificación de los fondos documentales. Ordenación de documentos: tipos y operaciones relacionadas. Transferencias de documentación y procesos de archivo. Concepto, definición y principios generales de la valoración y selección de documentos. Valoración y selección documental en la Generalitat. Junta Calificadora de Documentos Administrativos.
  22. Descripción de fondos documentales: tipologías y características de los diferentes instrumentos de descripción. Normas nacionales CNEDA e internacionales de descripción archivística: ISAD(G), ISAAR(CPF), ISDIAH, ISDF e ISDH. Normas de descripción codificada EAD y EAC-CPF. Descripción, EAC-CPF, Encoded Archival Context for Corporate Bodies, Persons and Families, y EAG, Encoded Archival Guide.