Auxiliar de Biblioteca, Ayuntamiento de Santovenia de Pisuerga (Valladolid)
Pendiente de apertura de plazo de presentación de solicitudes
- Requisitos académicos: La titulación exigida es Graduado Escolar, Graduado en ESO, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente
- Plazo de presentación de solicitudes: Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado
- Oferta de Empleo Público 2025 - BOP
- Oferta de Empleo Público 2025 - DOCyL
- Bases de la convocatoria - DOCyL
- Bases de la convocatoria - BOP
- Información oficial
Objeto de la convocatoria
Se convoca 1 plaza de Auxiliar de Biblioteca del Ayuntamiento de Santovenia de Pisuerga, incluida en la Oferta Pública de Empleo de 2025.
La plaza es de personal laboral, mediante el sistema de concurso-oposición. El puesto depende de Alcaldía / Concejalía Delegada, pertenece al ámbito de Administración General-Cultura, categoría profesional Grupo 3, con jornada partida, horario de lunes a viernes y retribución conforme al convenio colectivo vigente.
Misión, funciones y actividades del puesto
La misión principal del puesto es atender a los usuarios en todo lo referente a la biblioteca y a los servicios que presta.
Entre sus funciones destacan el apoyo a la gestión y funcionamiento de la biblioteca municipal, la clasificación e inventario de fondos documentales, la atención e información al público, el cumplimiento de protocolos de prevención de riesgos laborales y el tratamiento adecuado de datos personales.
Las actividades concretas incluyen la preparación de salas y materiales, formación de usuarios, apoyo al control presupuestario, colaboración en actividades culturales y de animación a la lectura, elaboración de estadísticas, adquisición de fondos, expurgo, préstamo interbibliotecario, gestión de reservas, expedición de carnés, altas de usuarios, atención del préstamo y reclamación de documentos no devueltos.
Requisitos de los aspirantes
Las personas aspirantes deberán tener nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea o encontrarse en alguno de los supuestos legales de acceso al empleo público.
También deberán poseer capacidad funcional para el desempeño del puesto, tener cumplidos 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
La titulación exigida es Graduado Escolar, Graduado en ESO, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. En caso de titulaciones extranjeras, deberá aportarse la correspondiente equivalencia oficial.
Además, no podrán haber sido separadas mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública ni encontrarse inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas.
Las personas con discapacidad podrán solicitar adaptaciones de tiempo y medios, siempre que acrediten un grado mínimo del 33 % y aporten el dictamen técnico correspondiente.
Solicitudes y plazo de presentación
Las solicitudes deberán presentarse conforme al modelo oficial del Anexo I, dirigidas a la Alcaldía del Ayuntamiento de Santovenia de Pisuerga.
La presentación se realizará preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica municipal. También podrá hacerse en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
El plazo será de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Derechos de examen
La tasa por derechos de examen es de 30 euros.
Están exentos del pago los miembros de familias numerosas de categoría especial. Tienen una bonificación del 50 % las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, las personas demandantes de empleo que cumplan los requisitos indicados y los miembros de familias numerosas de categoría general.
Los beneficios fiscales no son acumulativos. La falta de abono de la tasa supondrá la exclusión de la persona aspirante.
Junto con la solicitud deberá aportarse DNI o documento equivalente, titulación académica exigida y justificante de pago de la tasa o de la exención o bonificación correspondiente.
Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el plazo máximo de un mes, indicando las causas de exclusión.
Se concederá un plazo de 10 días hábiles para subsanar defectos o presentar reclamaciones.
Después se aprobará la lista definitiva, que incluirá la composición del Tribunal Calificador y la fecha, hora y lugar del primer ejercicio.
Las publicaciones posteriores se realizarán en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sirviendo como notificación a todos los efectos.
Tribunal calificador
El Tribunal será un órgano colegiado que deberá actuar conforme a los principios de imparcialidad y profesionalidad, procurando la paridad entre mujeres y hombres.
No podrán formar parte del Tribunal el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos ni el personal eventual.
Estará compuesto por cinco miembros: presidencia, tres vocalías y una vocalía-secretaría. Todos deberán ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo, con titulación igual o superior a la exigida y pertenecientes al mismo grupo o a grupos superiores.
Procedimiento de selección
El sistema selectivo será el de concurso-oposición.
La fase de oposición será obligatoria, eliminatoria y supondrá el 60 % del total del proceso. La fase de concurso supondrá el 40 % restante.
Fase de oposición
La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos y constará de dos ejercicios.
El primer ejercicio, valorado con un máximo de 30 puntos, consistirá en un cuestionario tipo test de 50 preguntas, más 5 preguntas de reserva, sobre el temario del Anexo II. Las preguntas tendrán cuatro respuestas alternativas, con una sola correcta. Cada respuesta correcta sumará 0,6 puntos, las no contestadas no puntuarán y las erróneas penalizarán 0,2 puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener al menos 15 puntos.
El segundo ejercicio, también valorado con un máximo de 30 puntos, consistirá en responder varias preguntas cortas, teóricas y/o prácticas, sobre la parte específica del temario. Para superarlo también será necesario obtener al menos 15 puntos. Se valorarán los conocimientos, la claridad, el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita y la presentación.
Fase de concurso
La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 40 puntos.
Se valorarán tres bloques de méritos: cursos de formación, experiencia profesional y titulación académica.
Los cursos de formación podrán sumar hasta 11 puntos. Deben estar relacionados con las materias específicas del temario, haber sido expedidos desde el 1 de enero de 2016 y tener una duración mínima de 20 horas. Los cursos de 20 a 100 horas puntúan 0,5 puntos; los de 101 a 200 horas, 1 punto; y los de más de 200 horas, 2 puntos.
La experiencia profesional podrá sumar hasta 20 puntos. Se valoran servicios prestados como auxiliar de biblioteca. En Administraciones Locales se otorgan 0,20 puntos por mes, hasta 12 puntos. En otras Administraciones públicas se otorgan 0,10 puntos por mes, hasta 8 puntos.
La titulación académica superior a la exigida podrá sumar hasta 9 puntos. El Grado en Información y Documentación, Licenciatura en Documentación o Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación suma 9 puntos. Otra titulación de grado, licenciatura o diplomatura suma 6 puntos. Bachiller o equivalente suma 3 puntos.
Calificación provisional del concurso-oposición
La puntuación final provisional será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y en la fase de concurso.
En caso de empate, se resolverá primero por la mayor puntuación en el segundo ejercicio de oposición; después, por la mayor puntuación en experiencia profesional; y, si persistiera el empate, mediante sorteo.
Las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones frente a la calificación provisional.
Puntuación definitiva y propuesta de nombramiento
Finalizado el proceso, se publicará la relación definitiva de personas aprobadas, que será igual al número de plazas convocadas.
También se publicará la relación de aspirantes que no obtengan plaza pero pasen a formar parte de la bolsa de trabajo, de acuerdo con lo previsto en las bases.
Presentación de documentos y nombramiento
La persona propuesta deberá presentar en el Registro del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días desde la publicación de la relación de aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos.
Deberá aportar certificado médico, declaraciones juradas, DNI original, título académico y documentación de los méritos, si en su momento se presentaron copias.
Si no presenta la documentación en plazo o se comprueba que no reúne los requisitos, no podrá ser contratada y quedarán anuladas sus actuaciones.
Una vez cumplidos los requisitos, la Alcaldía efectuará la contratación. La persona seleccionada deberá tomar posesión en el plazo de un mes.
Bolsa de personal laboral
Se constituirá una bolsa de trabajo con las personas que hayan superado el proceso selectivo y obtenido al menos 30 puntos, pero no hayan sido contratadas.
La bolsa se ordenará por la puntuación obtenida en el proceso. Los llamamientos se realizarán por orden de prelación y de forma rotatoria.
Si una contratación no supera los 6 meses continuados, la persona conservará su posición en la bolsa. Si supera los 6 meses, pasará al último lugar.
La renuncia a una oferta o durante la vigencia del contrato no supone exclusión, pero sí el paso al último lugar de la bolsa, salvo causas justificadas.
Se consideran causas justificadas estar trabajando, encontrarse en situación de baja, accidente, enfermedad, intervención quirúrgica, hospitalización, maternidad, embarazo de alto riesgo, riesgo durante la lactancia o ejercer cargo público representativo incompatible con el trabajo.
Incompatibilidades
Las personas propuestas quedarán sometidas al régimen de incompatibilidades previsto para el personal al servicio de las Administraciones públicas.
Incidencias y recursos
Las bases y la convocatoria podrán ser impugnadas conforme a la Ley 39/2015.
Contra la convocatoria y sus bases podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
En lo no previsto por las bases será aplicable la normativa de régimen local, empleo público, estatuto de los trabajadores y el convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento.
Solicitud
El Anexo I contiene el modelo de solicitud para participar en el proceso selectivo.
Incluye datos personales, domicilio a efectos de notificación, teléfono, correo electrónico y documentación acreditativa: documento identificativo, titulación exigida y justificante de pago o exención/bonificación de la tasa.
También contiene la declaración responsable de que la persona aspirante reúne los requisitos exigidos.
Temario
Materias comunes
- La Constitución Española: estructura. Contenido de los títulos preliminar, I, IV y VIII.
- La organización municipal de régimen común: órganos unipersonales y órganos colegiados. Atribuciones del Pleno, del Alcalde y de la Junta de Gobierno.
- El TREBEP: clases de personal. Derechos y deberes esenciales de los empleados públicos. Ley de la Función Pública de Castilla y León: estructura, órganos superiores en materia de función pública, clases de personal y selección.
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: contenido esencial, principios, ámbito de aplicación, interesados, capacidad de obrar y Registro Electrónico.
- Haciendas locales: concepto y regulación. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.
- Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo.
- Aspectos generales de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto, ámbito, principio de igualdad en el empleo público y planes de igualdad.
Materias específicas
- El concepto de biblioteca. Clases de bibliotecas. Bibliotecas públicas: concepto, funciones y servicios.
- Colecciones especiales: fondo antiguo, material gráfico, soportes audiovisual y electrónico. Hemerotecas. Sección infantil. Sección local.
- Preservación y conservación del fondo bibliográfico y documental.
- Desarrollo de colecciones bibliotecarias. Selección y expurgo. Sistemas de incorporación de fondos. Adquisición. Intercambio de publicaciones.
- El depósito legal. Depósito legal de publicaciones en línea. Depósito legal en Castilla y León.
- Proceso técnico de los fondos bibliográficos: registro, sellado, etc.
- Ordenación de los fondos y gestión de los depósitos. Recuentos.
- Principios de descripción bibliográfica. Control de publicaciones. Normalización. Números de identificación bibliográfica: ISBN, ISSN, ISMN, NIPO, etc.
- Clasificación, clasificaciones sistemáticas y alfabéticas. La CDU.
- Servicios a los lectores: referencia e información bibliográfica. Alfabetización informacional. Servicios virtuales de la biblioteca.
- Gestión de la circulación: préstamo, préstamo interbibliotecario, préstamo en red, reservas y sanciones.
- Los usuarios de la biblioteca pública: tipologías, necesidades de información y servicios específicos.
- Fuentes de información. Tipología de los recursos de información. Técnicas y herramientas de recuperación de información.
- Bibliografías. Principales catálogos colectivos.
- Internet. Herramientas de descubrimiento. Aplicación en bibliotecas. OPAC.
- Difusión de la biblioteca: herramientas y canales. Sitios web. Redes sociales en bibliotecas.
- Sistemas integrados de gestión bibliotecaria. Sistema de gestión de la red de bibliotecas de Castilla y León.
- Cooperación bibliotecaria: organismos y proyectos. RABEL.
- Actividades culturales en las bibliotecas. Extensión bibliotecaria.
- Bibliotecas digitales y recolectores OAI-PMH. Biblioteca Digital de Castilla y León.
- El libro y las bibliotecas a lo largo de la historia.
- La edición en la actualidad. Libros electrónicos, dispositivos electrónicos, plataformas y servicios.
- Las bibliotecas en España. Legislación bibliotecaria española.
- El marco normativo en Castilla y León. Sistema de Bibliotecas de Castilla y León. Biblioteca de Castilla y León.
