Ayudantes de Bibliotecas, Universidad de Cantabria
Apertura de plazo de presentación de solicitudes
- OEP 2023 + OEP 2025
- Requisitos académicos: Estar en posesión del título universitario de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
- Plazo de presentación de solicitudes: Veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la rectificación en el Boletín Oficial del Estado (BOE de 11 de mayo de 2026, BOE-A-2026-10189). El plazo se reabre conforme a la ampliación introducida por la corrección de errores.
- Oferta de Empleo Público 2026
- Bases de la convocatoria
- Anuncio de la apertura de plazo
- Corrección de errores - Genera nuevo plazo
- Corrección de errores - BOP
- Información oficial
Normas generales
Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de personal funcionario de carrera en la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas, Subgrupo A2, de la Universidad de Cantabria, mediante el sistema general de acceso libre.
Las plazas proceden de las ofertas de empleo público de 2023 y 2025. El proceso se regirá por la normativa general de función pública, igualdad, procedimiento administrativo, régimen universitario y por las propias bases de la convocatoria.
El proceso selectivo consta de fase de oposición y fase de concurso. El programa de materias figura en el anexo correspondiente y se exigirá conforme a la normativa vigente en la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Corrección de errores aplicada (BOE 11-05-2026, BOE-A-2026-10189)
La Resolución de 6 de mayo de 2026 (BOE núm. 114, de 11 de mayo de 2026, BOE-A-2026-10189) corrige errores en la Resolución 0482/26 de 24 de abril de 2026 (BOE-A-2026-9492) por la que se convocan estas pruebas selectivas, en los siguientes términos:
- Se intercambian el contenido del segundo y tercer ejercicio de la fase de oposición (puntos 2.2 y 2.3 del Anexo I de las bases).
- Se intercambia, en consecuencia, la calificación de ambos ejercicios (punto 2.4 del Anexo I).
- Se amplía el plazo de presentación de solicitudes previsto en la base 3.2, que pasa a computarse desde el día siguiente al de la publicación de esta rectificación en el Boletín Oficial del Estado, por veinte días naturales.
La corrección también será publicada en el Boletín Oficial de Cantabria. Las secciones siguientes de esta ficha (Solicitudes, Fase de oposición y Calificación final) están actualizadas conforme a la nueva redacción.
Requisitos de las personas aspirantes
Para participar será necesario tener nacionalidad española o cumplir las condiciones previstas para nacionales de la Unión Europea, sus familiares u otras personas amparadas por tratados internacionales sobre libre circulación de trabajadores.
Las personas aspirantes deberán tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa. También deberán estar en posesión de título universitario de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente. Las titulaciones extranjeras deberán estar homologadas o reconocidas.
Además, no podrán padecer enfermedad o limitación incompatible con el desempeño de las funciones, ni haber sido separadas del servicio de una Administración Pública o estar inhabilitadas para funciones públicas. Las personas extranjeras deberán acreditar que no están sometidas a sanción o condena que impida el acceso a la función pública en su Estado.
Todos los requisitos deberán cumplirse al finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.
Solicitudes
Las solicitudes deberán dirigirse a la Rectora de la Universidad de Cantabria y presentarse por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Universidad, mediante el procedimiento de pruebas selectivas del PTGAS. Será necesario disponer de certificado electrónico válido y completar correctamente el trámite para que la solicitud quede registrada.
El plazo de presentación será de veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la rectificación en el Boletín Oficial del Estado (BOE de 11 de mayo de 2026, BOE-A-2026-10189), conforme a la ampliación introducida por la corrección de errores. El plazo computado desde la convocatoria original (BOE de 1 de mayo de 2026, BOE-A-2026-9492) queda sustituido por este nuevo cómputo.
La solicitud deberá acompañarse de la documentación acreditativa de identidad, justificante del pago de derechos de examen o documentación que acredite la exención, y, en su caso, certificado de discapacidad para solicitar adaptaciones de tiempo o medios.
Los derechos de examen ascienden a 31,62 euros. Están exentas del pago las personas desempleadas que cumplan los requisitos establecidos, las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, las víctimas del terrorismo, las víctimas de violencia de género y los miembros de familias numerosas.
Las personas aspirantes podrán solicitar adaptaciones por discapacidad, siempre que lo indiquen en la solicitud y aporten el certificado correspondiente. Los errores materiales podrán subsanarse de oficio o a petición de la persona interesada.
Admisión de las personas aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado dictará resolución en un plazo máximo de tres meses, aprobando las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. Esta resolución incluirá el lugar y fecha de comienzo del ejercicio y las causas de exclusión.
Las personas excluidas o que no figuren en la lista dispondrán de diez días hábiles para subsanar los defectos, siempre que sean subsanables. Las personas definitivamente excluidas podrán interponer los recursos procedentes.
Los derechos de examen serán devueltos de oficio a quienes resulten definitivamente excluidos. La lista definitiva se publicará en la web del Servicio de PTGAS, Formación y Acción Social y en su tablón de anuncios.
Tribunales
El Tribunal calificador será el designado en la convocatoria y velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Sus miembros deberán abstenerse cuando concurra alguna causa legal de abstención, especialmente si han preparado aspirantes en los cinco años anteriores. Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando proceda.
El Tribunal se constituirá previa convocatoria de la Presidencia y podrá actuar válidamente con la presencia de la mayoría de sus miembros. Resolverá las dudas que surjan durante la fase de oposición y podrá incorporar personal asesor especialista para determinadas pruebas.
También adoptará las medidas necesarias para garantizar la igualdad de condiciones de las personas aspirantes con discapacidad. En los ejercicios escritos que no deban leerse ante el Tribunal, se asegurará la corrección anónima.
Desarrollo de los ejercicios
El orden de actuación comenzará por las personas cuyo primer apellido empiece por la letra “U”. Si no hubiera aspirantes con esa inicial, se continuará por la letra siguiente.
Las personas aspirantes podrán ser requeridas en cualquier momento para acreditar su identidad. La convocatoria a los ejercicios será en llamamiento único, quedando excluidas quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor apreciados por el Tribunal.
La fecha, lugar y hora del primer ejercicio se fijarán mediante resolución publicada en el Boletín Oficial de Cantabria. El resto de información sobre el desarrollo del proceso se publicará en la web del Servicio de PTGAS, Formación y Acción Social y en su tablón de anuncios.
Si durante el proceso se comprueba que alguna persona no reúne los requisitos exigidos, el Tribunal propondrá su exclusión previa audiencia.
Lista de personas aprobadas
Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará la relación de aspirantes que hayan superado esta fase, con indicación de la puntuación obtenida. Se concederá un plazo de diez días para presentar la documentación necesaria para valorar la fase de concurso.
Posteriormente, el Tribunal publicará la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, incluyendo las calificaciones de los ejercicios, la puntuación del concurso y la puntuación total.
El Tribunal no podrá declarar aprobadas más personas que plazas convocadas. No obstante, si se producen renuncias, falta de presentación de documentación o incumplimiento de requisitos antes del nombramiento o toma de posesión, podrá solicitarse una relación complementaria de aspirantes.
Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario
Las personas aprobadas deberán presentar, en el plazo de veinte días naturales desde la publicación de la lista de aprobados, la documentación exigida: título académico o certificación equivalente, declaración jurada o promesa de no haber sido separadas del servicio ni estar inhabilitadas, y certificado médico oficial.
Las personas sin nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
Quienes no presenten la documentación en plazo, salvo causa de fuerza mayor, o no acrediten los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y se anularán sus actuaciones.
El nombramiento como personal funcionario de carrera se realizará mediante Resolución Rectoral publicada en el Boletín Oficial de Cantabria. La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del nombramiento.
Una vez finalizado el proceso, podrá formarse una lista para posibles nombramientos como personal funcionario interino.
Tratamiento de datos de carácter personal
Los datos facilitados por las personas participantes se incorporarán a la actividad de tratamiento correspondiente de la Universidad de Cantabria y se tratarán conforme a la normativa europea y española de protección de datos.
El responsable del tratamiento será el Gerente de la Universidad de Cantabria. Las personas participantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición en los términos previstos por la normativa aplicable.
Norma final
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria.
La convocatoria y los actos administrativos derivados podrán ser impugnados en los casos y formas previstos por la Ley de Procedimiento Administrativo Común. Contra la resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el juzgado competente.
Proceso selectivo
El sistema de selección consta de dos fases: oposición y concurso.
La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y está integrada por tres ejercicios. La fase de concurso valora méritos académicos y servicios prestados, pero solo se aplicará a quienes hayan superado todos los ejercicios de la oposición.
Fase de oposición
El primer ejercicio consistirá en desarrollar por escrito dos temas, elegidos entre cuatro extraídos por sorteo del temario. Al menos uno deberá pertenecer al bloque de temas específicos. El tiempo máximo será de tres horas. Se calificará de 0 a 32 puntos y será necesario obtener al menos 16 puntos, sin obtener cero en ninguno de los temas.
El segundo ejercicio (modificado por la corrección de errores publicada en el BOE de 11-05-2026, BOE-A-2026-10189) consistirá en traducir un texto profesional en inglés de nivel equivalente a B1 del Marco Común Europeo. El Tribunal podrá contar con asesoramiento especializado. El tiempo máximo será de una hora. Se calificará de 0 a 8 puntos y será necesario obtener al menos 4 puntos para superarlo.
El tercer ejercicio (modificado por la corrección de errores publicada en el BOE de 11-05-2026, BOE-A-2026-10189) consistirá en resolver por escrito dos supuestos prácticos, elegidos entre cuatro propuestos por el Tribunal, relacionados con el bloque de temas específicos. El Tribunal podrá permitir la consulta de textos legales si lo acuerda previamente. El tiempo máximo será de cuatro horas. Cada supuesto se calificará de 0 a 20 puntos, con una puntuación total máxima de 40 puntos. Será necesario obtener al menos 20 puntos y no obtener cero en ningún supuesto.
Antes de cada prueba, el Tribunal deberá publicar los criterios de corrección, valoración y superación que no estén expresamente previstos en la convocatoria.
Fase de concurso
En la fase de concurso se valorarán los estudios académicos y los servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera, personal funcionario interino o personal laboral en universidades públicas y otras administraciones públicas.
En estudios académicos, se valorarán titulaciones oficiales superiores a la exigida para participar. La licenciatura o equivalente y el máster universitario se valorarán con 3,2 puntos. Si se poseen dos titulaciones del mismo nivel, solo se valorará una.
En servicios prestados, se valorará la experiencia en universidades públicas en puestos del mismo o superior subgrupo y de especialidad igual o equivalente; la experiencia en puestos de inferior subgrupo dentro de universidades públicas; y los servicios en otras administraciones públicas. La puntuación máxima por servicios será de 16,8 puntos.
Los servicios deberán acreditarse mediante certificados, contratos laborales e informe de vida laboral. Los servicios a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente. Los méritos que consten en el expediente personal de la Universidad de Cantabria podrán certificarse de oficio.
No se exige puntuación mínima para superar la fase de concurso.
Calificación final
La calificación final será la suma de la puntuación obtenida en la oposición y en el concurso. La puntuación del concurso solo se sumará a quienes hayan superado todos los ejercicios de la oposición, y no podrá utilizarse para aprobar ejercicios no superados.
En caso de empate, se atenderá primero a la mayor puntuación en el tercer ejercicio (supuestos prácticos, tras la corrección de errores publicada en el BOE de 11-05-2026), después a la mayor puntuación en el primero, luego a la del segundo (traducción, tras la corrección de errores) y, si persiste el empate, a la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Temario
Bloque I: Legislación básica
- Constitución española de 1978: título preliminar, derechos y deberes fundamentales, derechos y libertades, garantías, Cortes Generales, Gobierno, Administración y organización territorial del Estado.
- Comunidad Autónoma de Cantabria: competencias, régimen jurídico del Gobierno, Administración autonómica, sector público institucional y principios de actuación.
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común: objeto, ámbito de aplicación, interesados, actuación administrativa, términos y plazos, actos administrativos, procedimiento, revisión de oficio y recursos.
- Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público: objeto, ámbito subjetivo, principios generales, órganos administrativos, órganos colegiados, abstención, recusación y funcionamiento electrónico.
- Ley Orgánica 2/2023 del Sistema Universitario: funciones, autonomía universitaria, creación y reconocimiento de universidades, enseñanzas, investigación, régimen de universidades públicas, estudiantado, régimen económico, personal docente e investigador y PTGAS.
- Organización de enseñanzas universitarias y aseguramiento de la calidad: enseñanzas de grado, máster y doctorado, estructuras curriculares, innovación docente, calidad y enseñanzas propias.
- Estatutos de la Universidad de Cantabria: naturaleza, fines, estructura, órganos de representación y gobierno, funciones, actividades y comunidad universitaria.
- Estatuto Básico del Empleado Público: objeto, ámbito, clases de personal, derechos, deberes, código de conducta, adquisición y pérdida de la relación de servicio, situaciones administrativas y régimen disciplinario.
- Régimen económico y presupuestario de la Universidad de Cantabria: presupuesto, marco jurídico, estructura, ingresos, gastos, créditos, modificaciones y ejecución presupuestaria.
- Contratos del sector público: objeto, ámbito, tipos contractuales, contratos sujetos a regulación armonizada, contratos administrativos y privados, expediente, pliegos, adjudicación y procedimientos.
- Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: publicidad activa, derecho de acceso e impugnaciones.
- Reglamento General de Protección de Datos: objeto, ámbito, definiciones, principios, licitud, consentimiento, categorías especiales de datos, derechos de los interesados e información que debe facilitarse.
- Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: principio de igualdad, tutela contra la discriminación, políticas públicas, educación, empleo público, planes de igualdad y Plan de Igualdad de la Universidad de Cantabria.
- Ley 10/2007 de la lectura, del libro y de las bibliotecas: objeto, definiciones, números internacionales, misión, principios y valores de las bibliotecas, sistema español de bibliotecas y cooperación bibliotecaria.
- Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español: patrimonio documental y bibliográfico.
- Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual: derechos de autor en red, tecnologías, copyleft, licencias Creative Commons y gestión de derechos de autor en bibliotecas.
Bloque II: Temario específico
- Bibliotecas universitarias: concepto, función, servicios y contribución al aprendizaje, investigación e innovación.
- Servicio de Biblioteca de la Universidad de Cantabria: reglamento, normativa, organización y situación actual.
- Cooperación bibliotecaria: organizaciones nacionales e internacionales, redes, grupos, consorcios y participación de la Biblioteca de la Universidad de Cantabria.
- Recursos humanos en bibliotecas universitarias: perfiles profesionales, nuevo rol del bibliotecario, habilidades, funciones, competencias y formación del personal.
- Planificación, organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias: usos tradicionales y nuevos usos de los espacios bibliotecarios.
- Gestión de colecciones: características, colecciones de investigación y estudio, colecciones especiales, selección, adquisición, licencias, donaciones, adquisición cooperativa, acuerdos transformativos y nuevos modelos de contratación.
- Evaluación de colecciones: criterios y métodos para colecciones analógicas y electrónicas, estándares de medición de uso, relego, expurgo y gestión de almacén.
- Preservación, conservación y restauración de fondos documentales y bibliográficos: preservación digital, digitalización, técnicas, procedimientos, estándares y directrices nacionales e internacionales.
- Tratamiento documental: normas descriptivas, lenguajes documentales, clasificación bibliográfica, control de autoridades, normalización e identificadores de autor.
- Tratamiento documental: formato MARC, metadatos Dublin Core, METS y PREMIS, modelo RDF y lenguajes de marcado.
- Automatización de actividades y servicios bibliotecarios: sistemas integrados, plataformas de gestión, integración de recursos electrónicos y sistemas utilizados en la Universidad de Cantabria.
- Búsqueda y recuperación de información: herramientas, recursos, estrategias, evaluación de resultados, gestores de enlaces, descubrimiento, buscadores científicos, bibliografía, citas y gestores de referencias.
- Interoperabilidad y estándares en bibliotecas digitales: Z39.50, SRU-SRW, OAI-PMH, OpenURL, DOI y CrossRef.
- Inteligencia Artificial en bibliotecas universitarias: aplicaciones, uso ético en el ámbito académico, prácticas prohibidas y sistemas de alto riesgo según el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial.
- Servicios al público en bibliotecas universitarias: tipos de público, apoyo al aprendizaje y la docencia, recursos educativos en abierto, aspectos legales y extensión cultural.
- Formación de usuarios: alfabetización informacional, competencia digital, Marco DIGCOMP, planes de formación, metodologías, contenidos, evaluación, e-learning y formación en competencias en la Biblioteca de la Universidad de Cantabria.
- Servicios de apoyo en edición digital: aplicaciones y formatos de texto, datos, imagen y sonido; almacenamiento, compresión y transferencia; firma e identidad electrónica; blogs, wikis, redes sociales, aplicaciones 2.0 y trabajo colaborativo.
- Servicios de apoyo al personal investigador y a la gestión de la investigación en bibliotecas universitarias, con especial referencia a la Biblioteca de la Universidad de Cantabria.
- Marketing y promoción de servicios bibliotecarios: planificación, evaluación, portales web, intranets, redes sociales, difusión, usabilidad, visibilidad y accesibilidad.
- Ciencia abierta: concepto, Estrategia Nacional de Ciencia Abierta, acceso abierto, mandatos de depósito, políticas institucionales, repositorios, agregadores y repositorio de la Universidad de Cantabria.
- Datos abiertos de investigación: concepto, gestión, planes de gestión de datos, herramientas para su elaboración y repositorios de datos.
- Evaluación de la producción científica: informes analíticos y bibliométricos, bibliometría narrativa, indicadores, recursos, unidades de evaluación y servicios de apoyo en la Biblioteca de la Universidad de Cantabria.
- Criterios de evaluación de la actividad investigadora: criterios de la CNEAI de 10 de diciembre de 2025 y criterios para la acreditación de cuerpos docentes en España.
- Comunicación científica: evolución, tendencias, situación actual, edición científico-técnica, tipos de publicaciones y papel de las bibliotecas universitarias en apoyo a la publicación científica.
- Visibilidad de la producción científica: portales, buscadores académicos, perfiles de investigador, redes académicas, ORCID, identificadores, producción científica de la Universidad de Cantabria, Portal del Personal Investigador y normativa de filiación.
- Fuentes de información: concepto, tipología, características y fuentes generales y especializadas.
- Fuentes de información en Ciencia y Tecnología en la Biblioteca de la Universidad de Cantabria.
- Fuentes de información en Biociencias en la Biblioteca de la Universidad de Cantabria.
- Fuentes de información en Ciencias Sociales y Humanidades en la Biblioteca de la Universidad de Cantabria.
Tribunal calificador
El Tribunal titular está compuesto por una Presidencia, tres vocalías y una Secretaría. También se designa un Tribunal suplente con la misma estructura.
La Presidencia titular corresponde a María Jesús Saiz Vega y la Secretaría titular a Manuela Cruz Anguis. Como vocales titulares figuran Noemí Cué Pérez, Jesús Salas Bustamante y Raquel Navares Menaza.
La Presidencia suplente corresponde a María Rodríguez del Castillo y la Secretaría suplente a Sonia Samperio Ríos. Como vocales suplentes figuran Ramón Gandarillas Pérez, María Fresnedo Alonso del Pozo y Rebeca Marcos Santos.
Declaraciones responsables
La convocatoria incluye modelos de declaración jurada o promesa para las personas aspirantes aprobadas.
