Cambiar a contenido. | Saltar a navegación

Herramientas Personales

958 57 47 67
Horario de 09:00 h. a 14:00 h.
Usted está aquí: Inicio / Convocatorias / Bibliotecario/a, Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe (Huesca)

Bibliotecario/a, Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe (Huesca)

Bolsa de trabajo, Acceso libre, subgrupo C1, Concurso, 13-03-2025
Apertura de plazo de presentación de solicitudes
  • Requisitos académicos: Estar en posesión del título de Bachiller o FP II Grado Superior o titulación equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
  • Plazo de presentación de solicitudes: Cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicada la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca. 
  • Bases de la convocatoria
  • Información oficial

 


 

Se convoca una bolsa de empleo de bibliotecario/a para cubrir la baja laboral de la persona titular de la Biblioteca Municipal de Aínsa-Sobrarbe.

El puesto incluye, entre otras funciones, la gestión del préstamo y de los fondos bibliográficos, la catalogación, la programación cultural anual, la dinamización de grupos de lectura, la organización de actividades de animación a la lectura y conmemoraciones culturales, la gestión de la web y redes sociales, la tramitación de subvenciones culturales junto con el Ayuntamiento, la organización de festejos y el mantenimiento general de la biblioteca y sus instalaciones.

Modalidad de contrato

El contrato será de personal laboral temporal por interinidad, hasta la reincorporación de la persona titular del puesto.

La jornada será de 37,5 horas semanales, de lunes a viernes, en horario de mañana y tarde. Durante agosto, el horario podrá modificarse según las necesidades municipales.

El puesto está encuadrado en el grupo C1, nivel 16.

Requisitos de las personas aspirantes

Para poder ser admitido en el proceso selectivo es necesario reunir, en la fecha de finalización del plazo de solicitudes, los requisitos personales y administrativos exigidos.

En cuanto a titulación, se exige estar en posesión del título de Bachiller o FP II Grado Superior, o de una titulación equivalente, o bien estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

Además, se requiere tener nacionalidad española o cumplir las condiciones previstas para personas extranjeras en la normativa aplicable, haber cumplido 18 años, no superar la edad máxima de jubilación forzosa, no padecer enfermedad que impida el desempeño del puesto, no haber sido separado del servicio de una Administración Pública ni estar inhabilitado, y no figurar en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Presentación de instancias

Las solicitudes deben dirigirse a la Presidencia de la Corporación y presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, conforme al modelo del anexo.

El plazo de presentación es de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca.

Junto con la solicitud debe aportarse la documentación acreditativa de identidad, titulación exigida, méritos alegados, vida laboral, contratos relacionados con el puesto y certificado de no inclusión en el Registro Central de Delincuentes Sexuales o justificante de haberlo solicitado.

Solo se valorarán los méritos debidamente acreditados y presentados dentro de plazo.

Admisión de instancias

Finalizado el plazo de solicitudes, la Alcaldía aprobará y publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, la composición del tribunal y la fecha de constitución del mismo.

Las personas excluidas dispondrán de tres días para subsanar defectos. Si no se presentan reclamaciones, la lista provisional pasará a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

Procedimiento de selección y desarrollo del proceso

La selección se realiza mediante concurso de méritos, con una puntuación máxima de 10 puntos.

Se valoran tres bloques:

  • Titulación académica, hasta 4 puntos.

  • Formación complementaria, hasta 3 puntos.

  • Experiencia profesional, hasta 3 puntos.

En caso de empate, tendrá preferencia quien obtenga mayor puntuación en experiencia profesional. Si persiste el empate, se atenderá a la mayor puntuación en formación complementaria. Si la persona propuesta renuncia, se acudirá a la siguiente de la lista.

Titulación académica

Se valora con un máximo de 4 puntos.

Se puntúa de la siguiente forma:

  • Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación: 4,00 puntos.

  • Grado o licenciatura equivalente en Documentación: 3,5 puntos.

  • Otros títulos de grado o diplomatura en ciencias sociales y humanidades: 3 puntos.

La titulación debe acreditarse mediante copia del título.

Formación complementaria

Se valora con un máximo de 3 puntos.

Se tienen en cuenta cursos, seminarios o másteres relacionados con las funciones del puesto, especialmente en bibliotecas, documentación, archivística, gestión cultural, humanidades, informática e idiomas.

La puntuación se asigna a razón de 0,02 puntos por cada hora de formación.

Debe acreditarse mediante título, diploma o certificado donde consten la materia y el número de horas.

Experiencia profesional

Se valora con un máximo de 3 puntos.

Se puntúan los servicios prestados en puestos de naturaleza similar, a razón de 0,2 puntos por cada mes completo trabajado a jornada completa.

La experiencia debe justificarse mediante certificaciones oficiales, contratos, vida laboral y documentación que permita comprobar duración, jornada y funciones desempeñadas.

Tribunal calificador

El tribunal estará compuesto por una presidencia, varios vocales y una secretaría.

La presidencia corresponderá a un técnico administrativo del Ayuntamiento. Habrá dos vocales trabajadores del Ayuntamiento de categoría igual o superior al puesto y un representante sindical. La secretaría recaerá en el secretario del Ayuntamiento o en quien delegue.

El tribunal no podrá actuar sin un mínimo de tres miembros, entre ellos la presidencia y la secretaría. Resolverá dudas, incidencias y casos no previstos en las bases, y podrá contar con asesores técnicos con voz pero sin voto.

Resultados

Una vez valorados los méritos, el tribunal publicará la relación de personas aprobadas por orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

La propuesta de contratación recaerá en la persona con mejor puntuación, sin que el número de aprobados pueda superar el de plazas convocadas.

Contratación

La persona seleccionada deberá presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en el plazo de tres días hábiles desde la publicación de la lista definitiva de puntuaciones.

Si no aporta la documentación en plazo, salvo causa de fuerza mayor, perderá el derecho a la contratación y se llamará a la siguiente persona de la lista.

Una vez presentada la documentación, se formalizará el contrato laboral temporal. Podrá establecerse un período de prueba conforme al Estatuto de los Trabajadores y al convenio colectivo aplicable.

Remuneración

La retribución será la correspondiente a la categoría del puesto, de acuerdo con la normativa laboral y el convenio colectivo vigente del personal laboral del Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe.

Funcionamiento de la bolsa de empleo

Los llamamientos se realizarán por el orden de la lista, mediante teléfono, correo electrónico o SMS.

La persona llamada deberá responder de forma inmediata y, en todo caso, antes de 12 horas, aceptando o rechazando la oferta.

Si no se consigue localizar a una persona, se pasará a la siguiente. Quien renuncie sin causa justificada pasará al último lugar de la bolsa. Se consideran causas justificadas, entre otras, estar trabajando, enfermedad, maternidad o paternidad, o una circunstancia personal grave.

Será excluida de la bolsa la persona que no supere el período de prueba o incurra en una causa de despido conforme al Estatuto de los Trabajadores.

Legislación aplicable

La convocatoria se rige por las propias bases y por la normativa general sobre régimen local, empleo público, función pública y administración local de Aragón que se cita en el texto.

Impugnación y supletoriedad

La convocatoria, sus bases y los actos derivados del proceso pueden ser impugnados por las personas interesadas en los casos y formas previstos por la legislación del procedimiento administrativo común.

Modelo de instancia

Se incluye un modelo normalizado de solicitud en el que la persona aspirante declara conocer y aceptar las bases, afirma reunir los requisitos exigidos y relaciona la documentación que acompaña.

También se informa del tratamiento de datos personales y del uso de estos exclusivamente para la gestión de la candidatura.