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Becas - Filmoteca de Catalunya (Documentación - Biblioteca del Cine y otras modalidades)

Por Resolución CLT/1840/2026, de 2 de junio (publicada en el DOGC núm. 9686 de 15 de junio de 2026, ref. BDNS 910765), el Instituto Catalán de las Empresas Culturales (ICEC) convoca, en régimen de concurrencia competitiva, becas para realizar prácticas en la Filmoteca de Catalunya, ubicada en la plaza de Salvador Seguí, 1-9, de Barcelona. El periodo de las prácticas se extenderá entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de julio de 2027, con incorporación prevista en octubre de 2026. La dotación máxima de la convocatoria asciende a 125.000,00 euros.

Las modalidades convocadas y el número máximo de becas por modalidad son las siguientes: (1) Documentación – Biblioteca del Cine, documentación bibliográfica y de los fondos de archivo, gráfico, fotográfico y documental, y apoyo en sala: 4 becas en horario de lunes a viernes (8.00-16.00 h) y 1 beca en turno de tardes (martes a jueves, 13.00-19.00 h; lunes, viernes y julio en horario de mañana). (2) Comunicación audiovisual: 1 beca. (3) Programas públicos: 1 beca de Exposiciones, 2 becas de Gestión de derechos y copias para la programación de cine, y 1 beca de Mediación y educación. Cada beca tiene una asignación mensual de 1.250,00 euros brutos.

Las subvenciones se rigen por las bases generales del ICEC (Resolución CLT/3142/2020 y modificaciones) y por las bases específicas aprobadas por Acuerdo del Consejo de Administración del ICEC de 26 de marzo de 2025 (Resolución CLT/1197/2025), modificadas por la Resolución CLT/1683/2026, de 27 de mayo. La presentación de solicitudes y de los trámites asociados se efectuará por medios telemáticos a través del portal Gencat.cat y de la ventanilla única de subvenciones del Departamento de Cultura. El periodo para presentar las solicitudes es del 16 al 29 de junio de 2026, ambos inclusive.

El órgano instructor es la Filmoteca de Catalunya del ICEC; la persona titular de la dirección del Instituto elabora la propuesta de resolución a partir del informe de la comisión de valoración, y la persona titular de la presidencia del Consejo de Administración del ICEC resuelve sobre la concesión o denegación. La resolución se publicará en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, sustituyendo la notificación individual. Contra la resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes.

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